Inicio / Todas / Boletin Informativo / NUESTRAS MASCOTAS PODRÁN VIAJAR EN SUBTES

NUESTRAS MASCOTAS PODRÁN VIAJAR EN SUBTES

A pesar que alguna progre votó en favor de la carrera de Galgos demostrando su poca sensibilidad por el derecho a la vida a contramano de aquello con que dibujó su discurso, la carrera de Galgos se prohibió a nivel nacional demostrando que no todo está perdido para quienes pensamos en el respeto a todas las manifestaciones vivientes que compartimos este planeta.

A nivel de la Ciudad de Buenos Aires la entrada en vigencia de la ley que posibilita el traslado de nuestras mascotas en subterráneos sancionada por la Legislatura porteña y refrendada por la Jefatura de Gobierno porteño recorre ese camino que es imprescindible desandar en el mismo sentido de la defensa de la vida –en cualquiera de sus manifestaciones.

La ciudad necesita ser repensada y hasta reelaborada en sus objetivos; pero más que la ciudad digamos el país y hasta la especie en su conjunto, refiriéndonos al concierto de las naciones.

Leemos en la página oficial del gobierno de la ciudad:

“Rige desde el sábado 18 de febrero la Ley que permite viajar con mascotas domésticas en el subte. Es para los sábados después de las 13 y los domingos y feriados durante todo el día.

​La medida contempla una mascota (sólo perros y gatos domésticos pequeños) por pasajero mayor de edad, que deberá estar alojada en transportadoras debidamente cerradas y ventiladas, y no se podrán usar carritos.

En el andén, el pasajero a cargo de la misma deberá permanecer en una zona especialmente demarcada, que coincidirá con el último coche de cada formación. Se permiten perros y gatos pequeños, sin costo adicional”

En este sentido tanto como la entrega de las bolsas reutilizables para hacer las compras diarias que son entregadas en distintas comunas, medida que también se dirige al cuidado ambiental, siendo ésta una política pública que debe exceder a cualquier gestión y más allá de las lógicas diferencias partidarias.

Sigue informando dicho portal mencionado más arriba:

Sobre la salud del animal

El perro o gato doméstico deberá encontrarse en condiciones que no generen riesgos o molestias a terceros.

El pasajero, a cargo del traslado, será el responsable de velar por la salud e integridad física de su mascota, así como también de su custodia y cuidado evitando, a través del desplazamiento, cualquier molestia al resto de los usuarios.

Es obligatorio que el pasajero a cargo de un perro o gato doméstico cuente durante el viaje con la constancia de la vacuna antirrábica vigente, la cual deberá ser exhibida al momento de ingresar al subte o en el caso de que el personal del Subte y/o personal policial lo requiera.

Condiciones generales para el traslado de la transportadora

Las transportadoras no podrán abrirse dentro del subte bajo ninguna circunstancia. No se podrá sacar al animal fuera del dispositivo durante el viaje.

Queda prohibido el uso de escaleras mecánicas. El usuario a cargo de una transportadora deberá utilizar las escaleras fijas o los ascensores (en las estaciones donde estén disponibles).

Se nos ocurre de una importancia necesaria y fundamental legislar sobre el derecho a la vida de los integrantes de la familia de cuatro patas, más aún que se sancione este tipo de leyes porque en un sentido estricto defendiendo el derecho a una mejor calidad de vida de nuestros amigos o hermanos con que compartimos el planeta, también es cuidar el medio ambiente.

Este es el motivo por el que hemos dado un lugar predilecto a esta página informativa.

 

 

 

Mira también

CARRERAS CORTAS EN LA UBA

La Universidad de Buenos Aires (UBA), dio a conocer las nuevas carreras cortas en su …

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *