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Infodemia, Boletín Oficial

Restricciones por el coronavirus, Sus normativas dadas por el Gobierno Nacional.

Según establece el Decreto 168/2021, que publicó el Boletín Oficial el día 12 del corriente y en atención a las condiciones epidemiológicas y evaluación de riesgo de expansión de covid-19, en los diferentes aglomerados, departamentos y partidos de jurisdicción a su cargo, tanto autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar normas para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar cualquier situación de propagación del virus SARS-CoV-2 y añadir estas medidas, que serán temporarias y fundadas, deberán acreditar la aprobación sanitaria de la autoridad jurisdiccional. En el mismo sentido, explican  que las autoridades podrán disponer el o los aislamientos de las personas que de otras provincias o de la ciudad, cuando las mismas revistan la condición: de caso sospechoso, o confirmado, o cuando presenten síntomas de COVID-19, o sean contacto estrecho de quienes padezcan la enfermedad.

El día 12 de marzo el Presidente Alberto Fernández con la Ministra de Salud Carla Vizzotti, estuvieron al frente con el Comité de Vacunación Contra el Coronavirus, quien se encarga de llevar a cabo el operativo para la distribución y aplicación de la vacuna en todo el país, en prevención del Covid-19.

Participaron del Encuentro, el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, la Ministra de Seguridad Sabina Frederic, los Ministros de Interior, Eduardo de Pedro, Defensa, Agustín Rossi, Desarrollo Social, Daniel Arroyo, Relaciones Exteriores, Transporte. Contando con la Secretaria  Legal y Técnica Vilma Ibarra, los asesores presidenciales, Cecilia Nicolini y Alejandro Grimson. Tras el Encuentro, la Ministra Vizzotti habló con la prensa y específico: Lo que buscamos con estas medidas es retrasar lo más posible el aumento de contagios para poder sostener la vacunación en aquellas personas que tienen más riesgo de fallecer. Agregó: Existe un aumento sostenido y preocupante de casos en la región. Esto derivó en que el gobierno avance en las restricciones de los vuelos desde México, Europa, Perú, Ecuador, Colombia, Panamá, Chile, Estados Unidos y Brasil para intentar prevenir el arribo de las nuevas cepas de coronavirus.

La Directora Nacional de Migraciones determinará y habilitará los pasos internacionales de ingreso al territorio nacional y residentes que estén autorizados para ingresar a nuestro territorio. Además, los gobernadores/gobernadoras y el Jefe del Gabinete de la Ciudad, pueden solicitar  al Jefe de Gabinete Nacional, excepciones a la prohibición de ingreso, para ello deberán presentar un protocolo de abordaje integral aprobado por la autoridad provisional de la ciudad, que debe dar cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias nacionales, quienes se expedirán  e intervendrán en forma previa respecto de su pertinencia. Mediante la Decisión Administrativa 219/2021, el gobierno decidió mantener la suspensión de autorización y permiso que se hubieran dispuesto relativas a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros y pasajeras en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña, Irlanda del Norte por el brote de nuevo linaje en la secuenciación de muestras locales, respecto al ingreso de personas. Esta nómina de países se ampliará a partir del Ministerio de Transporte, la Administración Nacional  de Aviación Civil, (ANAC) y la autoridad sanitaria nacional.

De esta manera, la Dirección Nacional de Migraciones, por ser el organismo  encargado de determinar y habilitar los pasos internacionales que sean adecuados para el ingreso al territorio nacional, y la individualización de los supuestos de excepción. En este contexto, se ratificó la recomendación  a mayores de 60 años y a personas que pertenecen a grupos de riesgo,  de diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran a actividades esenciales.

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