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UNA FALLIDA OBRA, SUS CONSECUENCIAS

Desde aquellos tiempos en los cuales muy fiel a la costumbre de decidir “todo por arriba” y en forma inconsulta, la Intendencia bajo la administración del Brigadier Osvaldo Cacciatore decide la construcción de la AU 3 que desde el barrio de Pompeya atravesaría la Ciudad de Buenos Aires de norte a sur o indistintamente.

Dado los tiempos de la mega-obra, los tiempos propios de toda acción gubernamental, todo aquel pensamiento quedó trunco a los pocos meses de iniciar la gestación no sin antes expropiar el cordón de propiedades en especial a pocas cuadras del cruce de las avenidas Córdoba y Pueyrredón pero especialmente en el cordón que recorre por la primera avenida en Palermo hasta el barrio de Villa Pueyrredón.

¡Tamaño problema de índole urbanístico trasladaría hacia los próximos años, es decir ahora, una decisión tan temeraria! Ley indica que de expropiarse las viviendas para una obra de utilidad pública y que de no hacerse –por cualquiera de los motivos que fueren- los titulares de las viviendas expropiadas pueden demandar a la Municipalidad reclamando el efecto resarcitorio, es decir una indenmización adicional y que en el caso de la fallida AU3 se volvió gigantesca dado el volumen de la faraónica obra inconclusa.

Este particular, la ley no está sujeta a la voluntad de un gobierno sino que ha sido sancionada mucho antes del surgimiento de los efectos que podría causar y no sólo para el trazado de esta obra sino que es válida para toda la ciudad en general.

El tema es que por abarcar prácticamente casi toda la extensión de la Comuna 15 cualquiera de las decisiones que se adoptaren en el futuro –luego de expropiarse las propiedades- deben contemplar alguna solución incluyendo la problemática que causó la obra inconclusa.

Los renglones precedentes fundamentan nuestra posición que resulta imposible desligar la urbanización del playón de Chacarita y la extensión de la avenida Triunvirato que forman parte de la megaobra más arriba señalada.

Pero lo extraño, además, es que en el debate en la legislatura porteña ni se relacionó la fallida AU3 con el tema. Se lo ignoró en forma absoluta como si la AU 3 más que tocara el corazón mismo de la Comuna 15 perteneciera a la comuna 4, la 2 o cualquier otra.

Esto es lo grave.

Porque de sancionarse la urbanización del playón o la extensión de la avenida Triunvirato desligándolo de la problemática en general de la Comuna 15 se podría caer en soluciones parciales que no van al corazón mismo de la problemática urbana que se suma entonces a los efectos no deseados de la fallida obra pensada en tiempos del Brigadier Cacciatore y por consiguiente sería un cambio parcial o cosmético según se lo mire.

 

 

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