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1 DE MAYO SE CONMEMORA EL DIA DEL TRABAJADOR, MIENTRAS TANTO EN DIPUTADOS APROBARON LA LEY DE BASES Y DEL PAQUETE FISCAL

Entre los puntos aprobados son:

Entre los puntos más polémicos se destacan la eliminación de las multas al trabajo en negro.

Nueva figura en las pymes de «colaborador» permitiéndose hasta 5 empleados con los aportes de monotributistas. Estos mismo se diferencian de los trabajadores bajo relación de dependencia, por no tener vacaciones, ni los beneficios del aguinaldo ni indemnización en caso de despido, para los colaboradores. El contratante como el contratado abonarían una cuota mensual similar a un monotributo en carácter de aportes al régimen previsional, de obras sociales y de riesgos de trabajo.

Algunas normas que fueron validadas tenían el visto bueno de la CGT y de la oposición dialoguista. Esa decisión se adoptó luego de un pedido de Miguel Ángel Pichetto, jefe del bloque de Hacemos Coalición Federal, con el argumento de que no había que incluir en el proyecto de reforma laboral “nada que afecte a la CGT”. Se ratificó también la eliminación del artículo 98 del borrador del Poder Ejecutivo, que establecía penas de 6 meses a 3 años de prisión a quienes bloqueen empresas.

 

Otros puntos que habían recibido fuertes cuestionamientos de parte de la CGT quedaron afuera, entre ellos un artículo que ponía en jaque dos puntos clave de la Ley de Contrato de Trabajo vigente: el principio de que en caso de duda se debe aplicar la norma más favorable al trabajador y la irrenunciabilidad. Esto hace mención a que no se habilita la posibilidad de que los empleados renuncien de manera voluntaria a derechos adquiridos que surgen de leyes o convenios colectivos, algo que también estaba en la redacción original que la UCR llevó al Congreso tomando la letra del DNU 70/2023 de Javier Milei.

La modificación de las multas por trabajo no registrado o mal registrado; la reducción de 8 a 6 meses del período de prueba de los trabajadores (podrá ampliarse hasta 8 meses en las empresas de 6 y hasta 100 trabajadores, y hasta un año en las empresas de hasta 5 trabajadores), y la habilitación a que empresarios y sindicalistas acuerden una sistema de indemnización basado en el Fondo de Cese Laboral de la UOCRA.

Otro punto importante aprobado fue el de la tercerización laboral. La ley votada en Diputados habilita a que las empresas tercericen tareas de manera permanente, sin que esto implique considerar que los trabajadores tercerizados estén trabajando para ellas, aunque en los hechos sea así.

En el artículo 87 se dispone que “los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o de proporcionarlos a terceras empresas”.

Maternidad: En cuanto a la prohibición de trabajar, el artículo 90 señala que la licencia por maternidad podrá iniciarse hasta 10 días antes de la fecha del parto. Así, en primer lugar establece que “queda prohibido el trabajo del personal femenino o persona gestante durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo”.

Además, determina que “sin embargo, la persona interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a diez (10) días; el resto del período total de licencias se acumulará al período de descanso posterior al parto».

En caso de nacimiento pre-término se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa (90) días”, indica el mismo artículo.

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