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ALGO MÁS SOBRE EL TERRENO DE LA ESTACIÓN COLEGIALES

El 26 de mayo de 2017 Observatorio del Derecho a la Ciudad nos hace llegar a nuestro mail una sin duda elaborada información al respecto del destino o uso público de las 7 hectáreas que conforman parte de los terrenos de la Estación Colegiales, más precisamente desde Federico Lacroze hasta Virrey Aviles entre Cramer y Moldes, en donde se aprecian distintas posiciones tal el caso de la Comuna N° 13, Romina Braga y fue presentado en la Legislatura por los legisladores Maximiliano Ferraro y Paula Oliveto Lago de la Coalición Cívica, entre otros.

No sólo agradecemos el envío que reiteramos arroja luz sobre este particular sino que expone argumentaciones serias que podemos compartir o no, lo cual este último hecho no es prioritario.

Leemos entre otras consideraciones:

“PROYECTOS ALTERNATIVOS PRESENTADOS SOBRE EL MISMO PREDIO

 1. Proyecto de Ley N° 3810-P-2016: Este proyecto presentado por los vecinos destina el predio a Urbanización Parque (Parque Cultural Estación Colegiales) y a un Galpón Cultural.

 2. Proyecto de Ley N° 3936-D-2016: Este proyecto fue impulsado por la Comunera de la Comuna N° 13, Romina Braga y fue presentado en la Legislatura por los legisladores Maximiliano Ferraro y Paula Oliveto Lago de la Coalición Cívica.

Destina el predio en cuestión y otros al  Corredor Verde del Norte. Espacio multifuncional generador de actividades culturales, sociales, educativas, de recreación, emisor de servicios y difusión de programas de la Ciudad y de la Comuna 13” 

Y más abajo informa lo siguiente:

[1] En su art.1 dispone: "Desaféctase del Distrito de zonificación Urbanización Futura- UF, del Código de Planeamiento Urbano el polígono delimitado por el eje de la calle Virrey Avilés, eje de la calle Vidal, deslinde con Distrito UP, línea divisoria de las Fracciones A y B de la Manzana 115, Sección 37, Circunscripción 17, eje de la calle Moldes, eje de la Av. Federico Lacroze y deslinde con el área operativa del Ferrocarril General Bartolomé Mitre, según Plano Anexo I, que forma parte de la presente Ley".

El Artículo 2° establece: "Aféctase al Distrito de Zonificación U N° (a designar) "Estación Colegiales", del Código de Planeamiento Urbano, el polígono delimitado en el Plano Anexo I".

[2] http://observatoriociudad.org/?s=noticia&n=122

Conociendo otras posturas sin otra intención que informar tal nuestro fin profesional, estimamos que cada proyecto no resulta excluyente respecto a otro/s dada las 7 hectáreas de la superficie total del terreno, tal el proyecto presentado  por el gobierno porteño y que según la misma fuente leemos:

LA DISCUSIÓN LEGISLATIVA DEL EMPRENDIMIENTO INMOBILIARIO 

EN LOS TERRENOS FERROVIARIOS DE COLEGIALES 

FUE FRENADA POR LA JUSTICIA

 INTRODUCCIÓN

 En diciembre de 2016, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires remitió a la Legislatura porteña el Proyecto de Ley N° 3884-J-2016. Este tiene por objeto destinar alrededor de 7 ha de terrenos ferroviarios, ubicados en el Barrio de Colegiales, para la construcción de un emprendimiento inmobiliario de 100.000 m2.[1]

 En fecha 18 de mayo de 2017, el Jugado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad N° 9, a cargo de la Jueza Andrea Danas, decidió suspender el tratamiento legislativo del referido proyecto por violación del art. 63 de la Constitución de la Ciudad.

 Esta norma establece la convocatoria obligatoria a Audiencia Pública "antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos".

 La acción de amparo fue presentada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad y por Carlos Wilkinson referente del Movimiento Comunero. El amparo tramita en la causa caratulada “BALDIVIEZO, JONATAN EMANUEL Y OTROS CONTRA GCBA POR AMPARO – OTROS”, Expte. N° A3789-2017/0.

 

CONTENIDO DEL PROYECTO

 1. El proyecto de ley afecta el predio al Distrito de Zonificación U – "Estación Colegiales" y lo destina para la construcción de vivienda colectivas o multifamiliares.

2. La proporción de espacio verde absorbente no será menor al 45% del área total de la propuesta.

3. Superficie Edificable total: 100.000 m2.

4. La altura máxima será de 25 m y un Plano Límite de 29 m (9/10 pisos).

5. El Master Plan urbanístico surgirá de la convocatoria a un Concurso Público de iniciativas y proyectos a impulsar por el GCBA.

6. La Junta Comunal tendrá un rol de meramente "observadora".

De todos modos y en primer lugar nos parece oportuno que la Legislatura porteña pueda debatir el destino que se le dará.

Sin embargo, dada la superficie edificable más arriba mencionada y dada la necesidad habitacional en nuestra ciudad resultaría interesante destinar parte de la misma  la iniciativa de construir viviendas sociales con el sólo objeto de facilitar que los sectores marginados por los valores usurarios de los créditos y otras condiciones leoninas de los bancos puedan acceder a la vivienda propia.

En la ciudad existen ejemplos tal el caso de las colectivas de Chacarita en que se priorizaron los intereses generales por sobre los particulares.

Aquellas otras voces a las que hacíamos mención se oponen debido a que ven el peligro de la constitución de barrios carenciados si esto ocurriese, lo cual estimamos que tiene que ver más con temores que con hechos fundamentados.

En síntesis, como decimos en otra nota sobre este tema estamos ante una oportunidad de integrar la Comuna 13 conformando con el tiempo una identidad socio-cultural común entre las calles Cramer y Moldes tanto sea hasta Álvarez Thomas como hacia Cabildo.

El debate recién se inicia. Será necesario que se escuchen todas las voces y de ser posible, se logren consensos.

Ojalá pueda ser posible…

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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